Aunque la norma cubana establece determinados requisitos, en algunos casos también es posible beneficiarse sin cumplirlos.
Santa Clara (DDC) – El Gobierno de Cuba publicó el Reglamento de la Ley de Seguridad Social actualizado, que incluye una disposición beneficiosa para los jubilados que, tras haber trabajado 30 años o más, decidan volver a la vida laboral ante la precariedad que les toca enfrentar tras retirarse.
El Reglamento ha sido recogido en la Gaceta Oficial número 1, edición especial, publicada en días recientes, informó la emisora estatal de Villa Clara CMHW.
El objetivo de la actualización de la norma es «regular los procedimientos para hacer efectivos los derechos de los sujetos beneficiarios de la legislación y definir las facultades de las autoridades e instituciones administrativas, a quienes corresponde su aplicación», informó el medio estatal.
Las modificaciones realizadas en el reglamento incluyen «la disposición de que el pensionado por edad, de 60 años o más de edad la mujer, y 65 años o más de edad el hombre, que acredita 30 años de servicios prestados, que se reincorpora a un cargo diferente al que desempeñaba al momento de solicitar su pensión o en un cargo de su perfil ocupacional, recibe la totalidad de la pensión y el salario del cargo que ocupa».
La persona que no cumpla esos requisitos puede recibir la totalidad de la pensión, además del salario, cuando «se encuentra legalmente autorizado, según corresponda, a desempeñar el mismo cargo que ocupaba antes de solicitar la pensión».
Además, el incremento de la pensión se suma a la cuantía de la pensión que viene percibiendo. Esto significa que «por cada año de servicios prestados con anterioridad a alcanzar los 60 años de edad si es mujer, y 65 años de edad si es hombre, que acredita menos de 30 años de servicios, se le incrementa el 1 % del nuevo salario promedio».
La norma establece también que, una vez cumplidos los 60 años o más en el caso y de las cubanas y 65 o más en el de los cubanas, más los 30 años de trabajo, «se incrementa el 2% del nuevo salario promedio, indica la norma».
La cuantía del incremento de la pensión se determina «sobre el salario promedio mensual, que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante un año como mínimo, seleccionados dentro del período laborado con posterioridad a su reincorporación laboral».
El Reglamento también deja claro, según lo cita el medio local villaclareño, «que los certificados y dictámenes emitidos por la Comisión de peritaje Médico Laboral, deben estar asegurados por la administración en el expediente laboral de cada trabajador».
También dispone que «a los efectos del cálculo de los subsidios y pensiones se considera salario del trabajador, el total de lo efectivamente devengado por los distintos conceptos regulados en la legislación salarial vigente y que constituyen un gasto de la entidad donde labora, de otra institución o del Presupuesto del Estado».
Entre otras disposiciones, el Reglamento señala que durante el período en que el trabajador percibe subsidio por enfermedad o accidente, «las prestaciones monetarias por maternidad o garantía salarial, se considera como salario para el cálculo del subsidio y pensiones, el que le hubiera correspondido de haber laborado ese tiempo».
La contratación de jubilados es una de las soluciones del Gobierno cubano para enfrentar la pérdida de personal en muchas áreas del sector estatal. Unido a la crisis migratoria que vacía el país de fuerza laboral, muchos trabajadores abandonan sus puestos en ese sector, en los que cobran salarios ínfimos, por empleos mucho mejor remunerados en el sector privado y en las MIPYMES.
Las pensiones que reciben los jubilados cubanos tras décadas de trabajo tampoco les alcanzan para cubrir sus necesidades en un país hundido en la inflación, lo que obliga muchos —si la salud se los permite— a renunciar al descanso y retomar la vida laboral.