domingo , 22 diciembre 2024

Continúa bajo arbitraria prisión domiciliaria líder sindical independiente

Guanabo, Cuba | Reinaldo Cosano Alén (Cuba Sindical Press) – Iván Hernández Carrillo, líder de la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC), continúa siendo sometido a prisión domiciliaria, bajo un permanente cerco policial, luego de su detención el 24 de enero.

El sindicalista fue detenido en La Habana ese día en la Terminal de Ómnibus de La Habana y conducido arbitrariamente y sin formulación de cargos a uno de los centros policiales de la capital. Luego de agresiones físicas y amenazas, y en un exagerado operativo policial fue trasladado –esposado como un delincuente–, al municipio Colón, provincia de Matanza, lugar donde reside, y confinado a su casa so pena de detención.

Paradójicamente, junto al decomiso de sus pertenencias, fue decomisado el último informe del Comité de Libertad Sindical presentado a la pasada 331ª Sesión del Consejo de Administración, el pasado noviembre de 2019, donde la OIT solicita el reconocimiento de la ASIC y rechaza los argumentos del gobierno a la queja presentada, refiriéndose los agentes a este documento, con burla y de manera cínica “esto es para lo único que sirve los lacayos como tú”.

Al no aceptar Iván tal ilegal prohibición, ha sido detenido varias veces al salir de su hogar –ejerciendo su derecho a la libre circulación¬. Cada vez ha sido reprimido, detenido y conducido bajo amenaza de regreso a su vivienda. En todas estas detenciones las autoridades han mantenido su paradero desconocido para sus familiares y compañeros, lo cual constituye un secuestro.

Estas medidas contra Iván han sido acompañadas de constantes amenazas de muerte o de regreso a prisión (Iván cumplió 8 años y medio de los 25 que recibió como condena durante la infame Primavera Negra de marzo de 2003) para cumplir el resto de la sentencia, ya que en el presente se encuentra bajo “licencia extrapenal”.

El pasado 13 de febrero fue citado a la estación de policía de Colón, donde fue interrogado sobre el trabajo de la ASIC, especialmente sobre la labor con los cuentapropistas, así como de visitas a su hogar de parte del cuerpo diplomático estadounidense.

La reclusión impuesta por la policía política, sin orden judicial que respalde la medida represiva contra el sindicalista, viola numerosos Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscritos por Cuba; Declaración Universal de Derechos Humanos; Constitución de la República de Cuba y otras Legislaciones internacionales defensoras de los derechos humanos y ciudadanos. Entre sacamos algunas muestras:

El Convenio 87, de la OIT es inequívoco. Dice:

Art.2. Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

(…) Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

(…) Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

De la Declaración Universal de Derechos Humanos:

Artículo 9: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”.

Artículo 12: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataque a su honra o su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra todas injerencias o ataques.

Artículo 13, inciso 2: “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio y a regresar a su país”.

Hasta el momento, las autoridades no han ofrecido explicación alguna sobre qué “delito” justifica la prohibición a Iván de salir, ya no del país, sino de su propia casa.