Habana | Orlando Freire Santana – La Resolución 6 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, emitida el 1 de abril de 2016, sustituyó a la Resolución 17 del propio organismo, la cual había recibido numerosas críticas al no establecer un sistema de pago que satisficiera a la mayoría de los trabajadores cubanos.
La nueva resolución, a diferencia de su predecesora, permite a las Unidades Empresariales de Base (UEB), siempre que cumplan sus planes y otros indicadores económicos, distribuir el estímulo salarial con independencia de los resultados que se obtengan en su instancia superior, o sea, en la empresa.
En el ámbito empresarial, tal resolución se desdobla en dos modalidades: pago por resultados, o a destajo. Sin embargo, transcurrido más de un año desde su puesta en funcionamiento, casi la única modalidad aplicada ha sido el pago por resultados. Y he ahí, precisamente, donde se olvidan muchas de sus ventajas y afloran las mayores insatisfacciones hacia esta resolución.
El problema consiste en que en el pago por resultados los obreros directamente vinculados a la producción y los servicios —es decir, los creadores de la riqueza— no dependen de lo que ellos hagan para recibir el estímulo salarial. Dicho estímulo solo se distribuye si la entidad —bien sea una empresa o UEB— cumple determinados indicadores directivos.
Son muy comunes los casos en que, por ejemplo, una brigada de obreros cumple sus metas productivas con calidad y eficiencia, pero después esos productos terminados no logran venderse por mala gestión del aparato administrativo de la entidad y, en consecuencia, esos obreros cumplidores no reciben el estímulo salarial.
Una situación parecida se presenta cuando las entidades incumplen ciertos indicadores directivos, como la correlación entre el salario medio y la productividad del trabajo, o la utilidad antes de impuestos por peso de valor agregado bruto. También podrían verse penalizados los obreros por un exceso de gastos por parte del aparato administrativo de las entidades.
Ese panorama cambiaría para los obreros si se aplicase el pago a destajo, que consiste en retribuir a los trabajadores de acuerdo con lo que produzcan, con independencia de lo que suceda en otras áreas de la entidad. Es decir, que ganarían según «a como dé la mocha».
Un trabajo periodístico aparecido en el periódico Granma, a propósito del primer año de vigencia de la Resolución 6, reconoce que «tomando en cuenta el criterio de muchos especialistas, el pago a destajo constituye la manera más efectiva de remunerar al trabajador, en correspondencia con lo que sea capaz de realizar. Sin embargo, aunque la Resolución 6 determina todas sus modalidades, aún resulta insuficiente su aplicación en el sector empresarial». A lo que habría que agregar que el pago a destajo no solo es demandado por los especialistas, sino por los propios obreros.
La justificación que exponen las autoridades para aplicar el pago por resultados y no el destajo, es que este último precisa de un personal capacitado para calcular las normas de trabajo y ajustarlas a las condiciones actuales de la economía cubana.
Sin desdeñar ese razonamiento, no son pocos los que opinan que los jerarcas de la economía castrista colocan en un segundo plano la estimulación individual de los trabajadores. Para la cúpula del poder lo más importante es tratar de enderezar un sistema empresarial carcomido por la burocracia y la falta de sentido de pertenencia de sus trabajadores.
Es una lástima que esas autoridades no hayan aprendido la lección que nos dejó el economista y filósofo escocés Adam Smith en su obra La riqueza de las naciones, escrita en 1776. Según Smith, «la búsqueda del bienestar individual conduce al bienestar de toda la sociedad».