domingo , 22 diciembre 2024
Artistas cubanos del Movimiento San Isidro protestan contra el Decreto 349, en las escalinatas del Capitolio, en La Habana.

Un instrumento para vulnerar las libertades de expresión y creación: cuatro relatores de la ONU contra el 349

El régimen negó las múltiples detenciones a Luis Manuel Otero, Tania Bruguera, Amaury Pacheco y Michel Matos, entre otros artistas.

Cuatro relatores especiales de la ONU expresaron a La Habana en junio graves preocupaciones sobre el polémico Decreto 349, que muchos artistas de la Isla temen destinado a liquidar el arte independiente en Cuba. Como respuesta, los funcionarios de la organización internacional recibieron una mezcla de evasivas y el rechazo habitual del régimen a cualquier crítica sobre su accionar en derechos humanos.

De forma conjunta, los relatores especiales de los derechos culturales, Karima Bennoune; promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, David Kaye; los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Clement Nyaletsossi Voule, y situación de los defensores de derechos humanos, Michel Forst, emitieron un duro documento sobre el 349 y advirtieron al Gobierno cubano que entra «en conflicto directo» con las obligaciones que ha contraído «en virtud del derecho internacional».

El Decreto 349, sobre «Contravenciones de las regulaciones en materia de política cultural y sobre la prestación de servicios artísticos», entró en vigor el 7 de diciembre de 2018, aunque tras protestas de los artistas el Gobierno decidió revisarlo.

Los relatores de la ONU consideran que impone restricciones «al derecho a la libertad de expresión artística y creatividad, al derecho a la libertad de expresión y al derecho a la libertad de reunión pacífica y a la libertad de asociación».

Específicamente, señalan, el decreto:

—Tipifica como delito la contratación de artistas y la venta o compra de obras de arte sin autorización de las instituciones culturales gubernamentales. Por lo tanto, los artistas deben obtener una autorización del Ministerio de Cultura para realizar una obra independiente.

—Prohíbe a todos los artistas, incluidos los colectivos de artistas (…) operar en espacios públicos o privados sin la aprobación previa del Ministerio de Cultura. Las personas o empresas que contraten artistas sin dicha autorización pueden ser sancionadas, y los artistas que trabajen sin aprobación previa pueden tener sus materiales confiscados o ser multados sustancialmente.

—Las autoridades también tienen la facultad de suspender inmediatamente una presentación y de cancelar una autorización.

—Esas decisiones solo pueden ser apeladas ante el mismo Ministerio de Cultura (artículo 10). No se prevé un recurso efectivo para apelar esa decisión ante un órgano independiente, incluso a través de los tribunales.

—El decreto contiene restricciones vagas y excesivamente amplias sobre la expresión artística que no cumplen con los criterios de objetivo legítimo, necesidad y proporcionalidad requeridos por el derecho internacional de los derechos humanos. Por ejemplo, prohíbe los materiales audiovisuales que contengan, entre otras cosas: «uso de símbolos patrióticos contrarios a la legislación vigente» (artículo 3a), lenguaje «vulgar u obsceno» (artículo 3d), y cualquier otro contenido que «viole las disposiciones legales que regulan el desarrollo normal de nuestra sociedad en materia cultural» (artículo 3g).

—Además, tipifica como delito «la comercialización de libros cuyo contenido sea perjudicial para los valores éticos y culturales» (Artículo 4f).

—El castigo por violar las disposiciones del Decreto es determinado por los supervisores-inspectores del Ministerio de Cultura, e incluye desde advertencias y multas por un máximo de 2.000 pesos (68 euros) hasta la confiscación del equipo artístico, la cancelación de eventos artísticos y la cancelación de permisos que permiten a los artistas cubanos realizar sus actividades.

—El Decreto otorga amplios poderes discrecionales a esta nueva categoría de inspectores, quienes pueden determinar unilateralmente si una obra cumple con los requisitos oficiales.

—Los sancionados pueden apelar, pero la entidad facultada para manejar estos recursos es el mismo organismo que impone las sanciones, eliminando así cualquier consideración legal independiente de los casos y la imparcialidad.

Los relatores expresan «preocupación por que la falta de precisión y el carácter excesivamente amplio de la redacción del Decreto 349 permite la posibilidad de su aplicación arbitraria y, por lo tanto, corre el riesgo de vulnerar no solo el derecho a la libertad de expresión artística y creatividad de todas las personas en Cuba, sino también el derecho de toda persona a buscar y recibir información e ideas de todo tipo».

Consideran que la normativa establece «un sistema de censura previa de las artes» y parece «exceder cualquier objetivo legítimo de regular la esfera artística».

Asimismo, resaltan que las protestas de artistas independiente contra Decreto 349, tales como el movimiento #NoAlDecreto349, se han saldado con «detenciones de personas que se han manifestado de manera pacífica».

Los relatores señalan que el 349 podría contravenir estándares y normas internacionales que La Habana se ha comprometido a cumplir, como la obligación de respetar y proteger las libertades de expresión artística y asociación.

El decreto podría además vulnerar «el derecho de las personas y los grupos, a través de su expresión artística y cultural, a contribuir a los debates sociales, cuestionar las hipótesis sobre las creencias aceptadas y volver a examinar las ideas y los conceptos culturalmente heredados», alertan.

Los cuatro relatores piden a las autoridades cubanas información sobre los fundamentos jurídicos de las restricciones a la expresión artística que emanan del Decreto 349, y de su compatibilidad con las normas internacionales de derechos humanos.

También detalles sobre los criterios para el nombramiento de los inspectores encargados de supervisar la aplicación del decreto; aclaraciones sobre la forma en que el Gobierno garantizará la imparcialidad en la tramitación de apelaciones, y sobre las medidas adoptadas para garantizar que los y las defensoras de derechos humanos y libertades fundamentales puedan llevar a cabo su labor sin miedo a sufrir actos de intimidación, acoso o represalias.

Por último, los relatores instan al Gobierno cubano a revisar la normativa a fin de garantizar que sea compatible con las normas internacionales de derechos humanos y a considerar la posibilidad de «derogarla». Piden que dicha revisión se lleve a cabo «en coordinación y cooperación» con representantes de asociaciones independientes de artistas y organizaciones de derechos humanos.

La respuesta de La Habana

La Misión Permanente de Cuba ante la ONU respondió a los relatores dos meses después, en agosto pasado, negando que en la Isla haya artistas perseguidos por lo que piensan o expresan.

«No se han producido detenciones por manifestar descontento o desacuerdo con los postulados del Decreto 349», mintió el Gobierno, con un amplio historial de censura y persecución de artistas e intelectuales opositores o simplemente críticos.

Con ello, negó las múltiples detenciones a Luis Manuel Otero Alcántara, Tania Bruguera, Amaury Pacheco y Michel Matos, entre otros creadores que han opuesto a la aplicación del 349.

«Quienes intentan tergiversar el alcance y los objetivos de la norma para proteger la cultura en los espacios públicos, asociándolo a un instrumento del Estado para ejercer censura, manipulan la cultura y la libertad de creación artística para disfrazar agendas de cambio de régimen, financiados por potencias extranjeras que pretenden subvertir el orden y el sistema político legítimamente elegido por los cubanos», dijo La Habana, echando mano a su habitual recurso del actor externo.

Acusó a los relatores de la ONU de hacerse eco de «alegaciones que malinterpretan las disposiciones de una norma jurídica nacional».

El Gobierno dijo que el decreto aún no ha sido aplicado, pero advirtió que «no será derogado». Actualmente se encuentran en redacción «disposiciones complementarias» a la normativa, explicó. El Gobierno anunció la elaboración de esas disposiciones tras las protestas de los artistas.

Como adelanto de lo que hará, advirtió que las indicaciones del Consejo de Derechos Humanos y de la Asamblea General de las Naciones Unidas «no constituyen documentos legales de obligatorio cumplimiento por los Estados».

El régimen cubano acusó recientemente a Otero Alcantará, tras arrestarlo mientras intentaba realizar la performance «Le drapeau», por supuestamente violar la Ley de Símbolos Patrios, en una «causa construida y manipulada con la intención de mermar su labor artística de gran alcance y repercusión social y política», indicó el Movimiento San Isidro, que ha encabezado la campaña contra el 349.

El decreto ha sido también duramente criticado por organizaciones como Amnistía Internacional.